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Postura de SPU-AFSCME Sobre el Plan de Ajuste Junta de Supervisión Fiscal

Ago 30, 2021

AFSCME y Servidores Públicos Unidos de Puerto Rico, Concilio 95 AFSCME (AFSCME-SPU) instamos a todos nuestros miembros a votar “SÍ” a favor del Plan de Ajuste Conjunto (el “Plan”) propuesto por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico. Por las razones establecidas a continuación, creemos que el Plan, según fue modificado por el acuerdo que AFSCME alcanzó con la Junta de Supervisión y Administración Financiera (la “Junta”), presenta el mejor resultado posible bajo circunstancias que son singularmente difíciles. Votar “NO” implica correr un gran riesgo de obtener peores resultados y mayores sacrificios para nuestros miembros activos y jubilados.

AFSCME y SPU han defendido vigorosamente nuestros reclamos legales en el tribunal para proteger nuestras pensiones, nuestros convenios colectivos, nuestros salarios, nuestros trabajos y nuestras condiciones laborales. Los exgobernadores Ricardo Rosselló y Wanda Vázquez se negaron a participar en la negociación colectiva e instados por la Junta redujeron los beneficios de salud y de licencias. Los participantes en los planes de pensiones del Sistema 2000 y la Ley 3, que incluyen a todos los trabajadores contratados después del 1ro de enero de 2000 y hasta el 1ro de julio de 2017, se quedaron sin fondos en sus cuentas, a pesar de realizar aportes al sistema durante años. De forma similar, a los participantes en los planes de pensiones tradicionales bajo la Ley 447 y la Ley 1 se quedaron sin nada, excepto una promesa de pago de un gobierno que habitualmente no ha cumplido sus promesas sobre las pensiones. Además, se propuso subcontratar los servicios públicos que realizan los miembros de SPU, lo cual probablemente causaría numerosos despidos.

Después de meses de difíciles negociaciones colectivas entre AFSCME y la Junta, AFSCME-SPU logró el pago total de los fondos del Sistema 2000 para sus participantes y una solución equitativa para los reclamos de los participantes bajo la Ley 1 y la Ley 447 por sus aportaciones al sistema bajo la Ley 3, que fue iniciado cuando se congelaron las pensiones en el 2013. Además, hemos llegado a convenios colectivos tentativos que cubren a todos los trabajadores representados por SPU, protegen los beneficios de salud, protegen los trabajos de la subcontratación y brindan a los miembros de SPU importantes bonificaciones en efectivo.

Los beneficios de pensión devengados en el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico fueron objeto de negociación entre el Comité Oficial de Retirados (COR) y la Junta. Un exmiembro activo de AFSCME que actualmente es miembro jubilado del Capítulo de Retirados de AFSCME es miembro del COR. Tenemos seguridad de que el COR negoció enérgicamente en representación de todos los jubilados y creemos que han logrado un muy buen acuerdo bajo estas difíciles circunstancias. Bajo los términos de este acuerdo, sólo algunos de los miembros actuales de SPU verán alguna reducción de sus beneficios por jubilación, y cualquier reducción será bastante pequeña. Sólo participantes con beneficios de más de $18.000 al año experimentarán una reducción. Una descripción completa y una calculadora de las reducciones en las pensiones están disponibles en el sitio web del COR.

Detalles Adicionales Sobre el Convenio Colectivo Tentativo

AFSCME-SPU ha logrado un acuerdo con la Junta sobre los términos de un convenio colectivo para los miembros de AFSCME-SPU. Este acuerdo fue ratificado en julio de 2019 con un 92 por ciento de apoyo. El acuerdo tendrá validez por cinco años una vez que el tribunal confirme el Plan de Ajuste.

·      Los términos básicos de los convenios colectivos permanecen sin cambios excepto por algunos cambios específicos que se pueden encontrar aquí.

·      Tres beneficios de hasta $1.500 en total, son otorgadas a los miembros de AFSCME-SPU:

o   bonificación por firma de $500;

o   cuota de apoyo (“support fee”) de $5.000.000, a ser compartida por los 10 mil miembros de AFSCME-SPU. Esto equivale a aproximadamente $500 por miembro; y

o   cuota adicional (“additional fee”) de $5.000.000, a ser compartida por los miembros de AFSCME-SPU. Esto equivale a aproximadamente $500 por miembro. Como lo solicitó SPU, podríamos usar estos fondos para pagar los costos del plan médico, si fuera necesario para compensar por las reducciones en las aportaciones del patrono al plan medico.

·      Bonificación supeditada a las medidas fiscales: El acuerdo dispone que se comparta cualquier superávit en exceso del Plan Fiscal Certificado vigente en la fecha de entrada en vigor del Plan de Ajuste para el Estado Libre Asociado. La bonificación está basada en una fórmula que dispone la distribución de ingresos excedentes de más de $100.000.000. Los ingresos serán compartidos por miembros representados por AFSCME-SPU, empleados no representados y empleados representados por cualquier otra unión que haya logrado un acuerdo con la Junta. Ninguna otra unión ha logrado un acuerdo hasta ahora.

·      Subcontratación: Las restricciones sobre subcontratación y contratación externa en nuestros convenios colectivos permanecerán en vigor. AFSCME-SPU convenció a la Junta de bloquear los esfuerzos del exgobernador Rosselló para subcontratar puestos de trabajo en agencias como el Departamento de Corrección.

·      Plan médico de los empleados activos: El gobernador Rosselló propuso, y la Asamblea Legislativa adoptó, una reducción de la aportación mensual para el plan médico a $125 por mes. AFSCME-SPU negoció que la aportación no será de menos de $170 por mes para nuestros miembros. A pesar de aprobar una ley que reduce las aportaciones patronales, el gobierno del Estado Libre Asociado no ha reducido los subsidios.

·      Bono de Navidad y otros términos financieros: Si se les proveen bonos a otros empleados del gobierno del Estado Libre Asociado, o si se negocia un acuerdo con otra unión que provea términos más favorables, el bono o términos más favorables también serán otorgados a los miembros de AFSCME-SPU.

Detalles adicionales para los participantes en el Sistema 2000

AFSCME-SPU negoció un trato justo para los participantes del plan de pensiones del Sistema 2000 que incluye a todos los empleados contratados a partir del 1ro de enero de 2000 y no después del 30 de junio de 2013. Para propósitos de este Acuerdo, los empleados contratados a partir del 1ro de julio de 2013 y no después del 30 de junio de 2017 recibirán el mismo trato que los miembros del Sistema 2000. Este acuerdo impacta a todos los participantes del Sistema 2000, no sólo a aquellos representados por AFSCME-SPU. Bajo los términos de este acuerdo, las aportaciones de los participantes, más todos los intereses devengados, serán devueltos a los participantes y depositados en sus cuentas de contribución definida establecidas bajo la Ley 106. Este es un acuerdo excelente que cubre al 100 por ciento las demandas de estos participantes. Sin este acuerdo, los participantes tendrían sólo una promesa del gobierno de que podrían recibir su pago al jubilarse. Sin embargo, no hay fondos reservados para dichos pagos. Los participantes deberían apoyar el Plan de Ajuste para asegurar que sus demandas reciban un pago completo.

Detalles adicionales para los participantes en los planes de pensión con prestaciones establecidas por la Ley 1 o la Ley 447 y más tarde transferidas al plan de pensión establecido por la Ley 3.

Los empleados contratados antes del 1ro de enero de 2000 acumularon beneficios de pensión bajo la fórmula tradicional establecida en las Leyes 1 o 447. A partir del 1ro de julio de 2013, estos participantes dejaron de acumular créditos bajo los planes de las Leyes 1 y 447. En cambio, fueron trasladados al plan de beneficios de la Ley 3 hasta que fueron transferidos al plan de contribución definida de la Ley 106 el 1ro de julio de 2017. Inicialmente la Junta y el gobierno del Estado Libre Asociado propusieron que los beneficios acumulados por estos participantes serían pagados en una anualidad al jubilarse, pero no se les abonaría ningún interés hasta su jubilación. Gracias a las negociaciones de AFSCME-SPU, los participantes ahora recibirán una contribución inicial de $2.600 como compensación por interés en sus cuentas de contribución definida establecidas bajo la Ley 106 al confirmar el Plan de Ajuste. Además, la anualización del saldo de las cuentas cuando se jubilen los participantes incluirá interés de 4 por ciento al año. La anualidad, que será agregada a la anualidad pagada de conformidad con la Ley 447 o la Ley 1, no será tomada en cuenta cuando se aplique la fórmula de reducción de pensiones.

Para evitar recortes y pérdidas más serias y asegurar que los miembros reciban los beneficios negociados por AFSCME-SPU, AFSCME apoya la aprobación del Plan y recomienda que todos los miembros activos de AFSCME-SPU y miembros jubilados, incluyendo aquellos en las Clases 51 A, 51 D, 51 G y 51 J del Plan, revisen el Plan, la Notificación en Lenguaje Sencillo (“Plain Language Notice”) y la Declaración de Divulgación (“Disclosure Statement”) y voten para aceptar el Plan.

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